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01/12/2024

Presentan iniciativa para crear aerolínea estatal

Redacción A21 / Miércoles, 14 Diciembre 2022 - 01:00
Con ello, afirman, buscan elevar la competitividad en sector aéreo

Pablo Chávez Meza

Este martes se presentó la reforma y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos, con la cual se busca crear una aerolínea estatal operada por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, y tal y como lo ha venido diciendo en reiteradas ocasiones el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, sobre la necesidad de contar con una nueva aerolínea que ofrezca vuelos baratos a la población del país, este día se presentó la iniciativa que busca darle a la Sedena la posibilidad de operar la línea aérea.

Omar Enrique Castañeda González, diputado de Morena y promotor de esta iniciativa, explicó que con ésta se busca elevar el nivel de competitividad, así como mejorar las tarifas en beneficio de los usuarios.

Añadió que con esta propuesta se espera involucrar a las aeronaves del sector público en actividades civiles, es decir, “ciudadanizar algunas actividades militares”.

De esta manera, en la Gaceta Parlamentaria del día de ayer se publicó la modificación al artículo 9 de la Ley de Aviación Civil, en la cual se establece que: “Se requiere de concesión que otorgue la Secretaría para prestar el servicio público de transporte aéreo nacional regular.

“Tal concesión sólo se otorgará a personas morales mexicanas y empresas paraestatales, incluyendo la participación de aeronaves de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina”, detalla el documento.

Además, se agrega una nueva fracción, la XVI, la cual sanciona: “Expedir una cantidad de boletos excedentes respecto a los lugares para pasajeros disponibles en la aeronave”.

También se busca que las secretarías de la Defensa y Marina puedan operar una línea aérea, además de expedir boletos para el uso de las aeronaves.

Además, se modifican las fracciones VI, VIII, IX, XI, XII, y XIII y XV, donde la Secretaría -de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)- “sólo revocará la concesión o permiso cuando previamente hubiese sancionado al respectivo concesionario o permisionario, por lo menos en dos ocasiones por las causas previstas en la misma fracción”.

También se modifica el número de ocasiones que tendrán las empresas para ser sancionadas, al pasar de tres a dos reconvenciones para ser revocadas sus concesiones.

En el artículo 52 de esta ley, se le agrega que uno de los causales para revocación de la concesión o permiso, será “la expedición de boletos excedentes a la capacidad de pasajeros en la aeronave..., cuando se hayan expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la denegación del embarque”.

En cuanto a la Ley de Aeropuertos, se blinda a las empresas estatales que ofrezcan este servicio al decir que: “La restricción expresa en el párrafo anterior no será aplicable cuando las concesiones del servicio de transporte aéreo y/o administración de aeropuertos sean otorgadas a empresas paraestatales, incluyendo la participación de aeronaves de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina”.

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