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28/11/2024

Aprueban que líderes sindicales de ATI decidan huelga

Redacción A21 / Miércoles, 20 Septiembre 2023 - 01:00
Representados por ALPA, los trabajadores exigen mejoras salariales para retener a los pilotos experimentados

Los pilotos de Air Transport International (ATI), aerolínea de Amazon Air, representados por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (ALPA), votaron a favor de otorgar al presidente de este organismo autoridad para convocar a una huelga.

“Desde hace meses hemos visto colegas que se van con la misma historia, no pueden esperar más por un contrato que no respeta su valor como piloto de línea aérea profesional”, aseguró el capitán Mike Sterling, presidente del Consejo Ejecutivo Maestro de ATI.

Indicó que, con esta medida, buscan detener la deserción de pilotos experimentados, debido a que tienen “contratos, salarios y beneficios inferiores”.

“Después de más de tres años de negociaciones, nuestros pilotos están hartos de la mentalidad lenta del liderazgo de Air Transport Services Group, que está alejando a los pilotos de lo que alguna vez fue una aerolínea de destino”, sostuvo.

Para revertir el problema, Sterling aseguró que es necesario realizar un contrato con mejoras salariales, con jubilaciones y mejores reglas laborales, esto permitiría a ATI atraer y retener pilotos experimentados, además de recuperar la reputación de la compañía dentro de la industria.

“El grupo de pilotos de ATI se enorgullece de operar para Amazon Air y siempre ha brindado un rendimiento superior, deseamos seguir haciéndolo, pero la dirección se niega a proporcionar las herramientas y los recursos que necesitamos para seguir siendo competitivos”, comentó.

Según la Ley de Trabajo Ferroviario, existen pasos adicionales en caso de que el grupo de pilotos vote para autorizar una huelga; antes de que un paro laboral, la Junta Nacional de Mediación debe ofrecer a las partes la oportunidad de arbitrar la disputa contractual, si cualquiera de las partes rechaza el arbitraje, ambas entran en un periodo de “reflexión” de 30 días, después del cual pueden emprender acciones de huelga o un cierre patronal por parte de la dirección.

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