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03/12/2024

Velocidad de avance de la tecnología vs cambios en la regulación

Luis Salazar Brehm / Jueves, 4 Marzo 2021 - 14:45

A medida que más drones se aglutinen en el cielo, se vuelve crítico seguir las reglas y regulaciones del espacio aéreo para un vuelo seguro.

La Norma Oficial Mexicana que regula la operación de drones entró en vigor hace poco más de un año, sin embargo, como era de esperarse, la tecnología ha avanzado mucho más rápido que el cambio regulatorio.

Como ejemplo, y para contrastar la obsolescencia prematura de la regulación quiero citar algunas limitaciones regulatorias respecto a las capacidades operativas del nuevo dron de DJI que lanzó al mercado el 2 de marzo pasado, el DJI FPV.

Altura máxima de vuelo:

Regulación: Máximo de 122 mts  sobre el nivel del terreno para drones categoría Micro.

Capacidad del DJI: 6,000 mts de altura sobre el nivel del mar.

Separación entre el piloto y el dron

Regulación: 457 mts en distancia horizontal

DJI FPV: Alcance de hasta 16 Km (en condiciones ideales)

FPV (Pilotaje en Primera Persona / Googles)

Regulación: Totalmente prohibido

DJI FPV: Único modo de vuelo

Velocidad máxima

Regulación: De acuerdo con especificaciones del fabricante

DJI: 140 km/hr (de 0 a 100 km/ hr en 2 segundos)

En un mundo globalizado y cada vez más competitivo, las regulaciones son intrínsecamente difíciles de modificar. Estas consideraciones conducen al requisito de que las reglamentaciones tengan en cuenta dónde se encuentra la industria y la autoridad no pretendan que en los cielos no pasa nada y que el pueblo “bueno y sabio” se apegará a la regulación.

Debemos tomar en consideración que la gran mayoría de los operadores de drones no tienen ni idea sobre muchos de los conceptos referidos en la regulación y que en la práctica hay una falta de vigilancia del cumplimiento de la regulación por parte de AFAC, la que de acuerdo con la regulación podría apoyarse de la Policía Estatal o Local.

En teoría, cualquier persona podría reportar avistamientos de cualquier dron que vuelen a menos 9.2 Km alrededor de algún aeropuertos o 0.9 Km de un helipuerto, sin embargo, por experiencia propia, realizar un reporte de avistamiento es un dolor de cabeza y en la práctica parece que no sirve de nada.

La autoridad (AFAC) debiera ser conscientes de que un dron está a la mano de cualquiera que pueda pagar por él y que en la gran mayoría de los casos no se tiene conocimientos sobre aviación ni de las reglas para el uso de espacio aéreo.

¿Estará consiente la autoridad de que la gran mayoría de los operadores de drones no tiene ni la más peregrina idea de la mayoría de los conceptos expresados en la regulación mexicana?

Si realmente buscamos fomentar la operación segura de drones en nuestro país, debemos por una parte, hacer más accesible lo que se plantea en la regulación y por otra parte vigilar su cumplimiento.

Es vital que las regulaciones proporcionen una mecanismo que se adapte a los cambios tecnológicos y que reflejen las necesidades y la experiencia de la industria.

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