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01/12/2024

Cuando en EU el pasaporte y la visa no son suficientes

Redacción A21 / Lunes, 18 Abril 2022 - 01:00
El I-94 es un requisito de migración para adentrarse más de 25 millas o una estancia mayor a 30 días

Todas las personas que viajen a Estados Unidos, deben contar con el Formulario I-94 para permanecer en el país, excepto los ciudadanos estadounidenses, residentes extranjeros que regresan, extranjeros con visas de inmigrante, y la mayoría de los ciudadanos canadienses que están de visita o en tránsito.

El documento es un comprobante que se utiliza para registrar la entrada y salida de los visitantes extranjeros a Estados Unidos; sin embargo, solamente lo tienen que tramitar aquellos que ingresan al país por tierra y deberán entregarlo al salir.

Si se ingresa a Estados Unidos por avión o barco, no se requerirá llenar el formulario en formato físico, pues las aerolíneas y cruceros dejaron de entregar estos formularios en 2013. A partir de esa fecha la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) generan el formulario en formato electrónico; al salir se usan estos datos por su propio personal o por la compañía de transporte aéreo o marítimo.

“Para las personas que entran por tierra a través de cualquiera de los cruces a lo largo de la frontera entre México y los Estados Unidos son invitados a pagar los seis dólares (aproximadamente 120 pesos), para obtener el permiso I-94, es un requisito de migración para los extranjeros que tengan previsto adentrarse más de 25 millas en territorio estadounidense o cuya estancia sea mayor a 30 días” informó Cross Border Xpress (CBX).

De acuerdo con CBX, la empresa que administra el puente peatonal que permite cruzar la frontera entre México y Estados Unidos en el Aeropuerto Internacional de Tijuana, tras llenar el formulario, el cual incluye la fecha de salida, se adjunta al pasaporte del visitante y cuyo número de formulario se le conoce como número de salida o número de registro de admisión.
“Muchas veces viajamos, creyendo que con el pasaporte y la visa es suficiente; en principio, si entras por el CBX, puedes visitar sin problema por San Diego, ir a Chula Vista, al Outlet de las Américas, a Balboa Park, a Old Town, al San Diego Zoo, Seaport Village o, incluso, a Sea World, pero si tienes pensado ir más allá, te sugerimos tramitar el I-94” afirmó un representante de la compañía.

La empresa explicó que si, por cualquier motivo eres detenido o te ves involucrado en algún incidente vial y no cuentas con el I-94, podrías perder la visa y hasta ser sujeto a deportación.

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